Recomendaciones para hacer un certificado médico

Certificado médico: ¿cómo realizarlo?

17 minutos

Son numerosas las veces en las que el paciente, o sus familiares, solicitan del médico la emisión de un informe clínico o un certificado. Ante esta petición, muchas veces surge la duda de si existe obligación de emitirlos; y cuál ha de ser su contenido. En este artículo exponemos las principales características que deben tener estos documentos, así como la correcta manera de realizarlos. 

Informe y certificado médico: principales diferencias

Aunque el informe médico y el certificado son cosas distintas, ambos tienen por finalidad acreditar un estado de salud. Ambos se expiden a petición del paciente, de su representante legal o de persona autorizada y debidamente identificada: con nombre apellidos y cédula de ciudadanía (por escrito) por el paciente. Se han de entregar directamente a los mencionados. 

  • El certificado único de salud sirve para dar fe de un estado de salud actual. Este documento se emite exclusivamente por el profesional médico/a, quien certifica que el usuario, en el momento que se realiza el examen médico, se encuentra en condiciones estables de salud y que por tanto está libre de síntomas sugestivos que puedan tener repercusiones de salud pública. Se constata en la fecha de petición y expedición del documento.  
  • Es un documento público, por lo que se adquiere a través de cualquier centro de salud de la Red Pública Integral de Salud (Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social – IESS, Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas – ISSFA, Instituto de Seguridad Social de la Policía – ISSPOL, Ministerio de Salud Pública – MSP) autorizado. El certificado no puede emitirse por ningún establecimiento de salud privado, aunque tenga convenio con el IESS, ISSFA o ISSPOL.  
  • Su vigencia está limitada en el tiempo, normalmente no puede superar un mes. La emisión del certificado único de salud está en relación al cumplimiento de las normas contenidas en el Código Deontológico Internacional, que refleja el buen hacer profesional, más sin embargo, no es una garantía de que el usuario puede estar incubando alguna noxa. 
  • Por su parte, los informes médicos se extienden por el médico responsable de un paciente. En ellos se da a conocer la situación clínica del paciente, el método diagnóstico y terapéutico aplicados, las limitaciones funcionales que se puedan derivar (si procede), y el tratamiento. Sirve para dejar constancia de su estado de salud, y suele estar apoyada en distintos motivos de orden legal o personal. Éstos pueden ir desde su utilización en algún procedimiento judicial (separación, incapacitación, tráfico…), motivos laborales o incluso para el traslado de información a otro profesional médico que continuará con el tratamiento. El informe médico no exige el formalismo del certificado en el tipo de soporte material, y no tiene limitada su vigencia en el tiempo. 

Derecho de los pacientes

La obtención de certificados médicos es un derecho del paciente, regulado por: 

  • Ley de Derechos y Amparo del paciente, que en el artículo 5 establece EL DERECHO A LA INFORMACION.- Se reconoce el derecho de todo paciente a que, antes y en las diversas etapas de atención al paciente, reciba del centro de salud a través de sus miembros responsables, la información concerniente al diagnóstico de su estado de salud, al pronóstico, al tratamiento, a los riesgos a los que médicamente está expuesto, a la duración probable de incapacitación y a las alternativas para el cuidado y tratamientos existentes, en términos que el paciente pueda razonablemente entender y estar habilitado para tomar una decisión sobre el procedimiento a seguirse. Exceptúense las situaciones de emergencia. 

El paciente tiene derecho a que el centro de salud le informe quien es el médico responsable de su tratamiento.  

Autenticidad y veracidad del certificado médico

Los datos registrados en el certificado único de salud deben estar con letra clara y legible, no se aceptarán tachones, enmendaduras, utilización de corrector, debido a que este certificado es considerado como un documento médico legal. Se han de entregar únicamente al paciente, a la persona autorizada por éste, o a su representante legal

  • Veraz: reflejo fiel e indudable de la comprobación efectuada personalmente por el profesional médico/a que lo emite. 
  • Legible: escribir con letra clara y comprensible que permita ser interpretado, evitando abreviaturas, siglas y códigos. 
  • Documentado: el argumento del médico debe quedar documentado en la historia clínica, de manera tal que fundamente lo expresado en el mismo. 
  • Formal: el certificado al ser un testimonio escrito contará con un formato único. Véase anexo 1 «Certificado único de Salud». 
  • Limitado: será de utilidad para certificar que el usuario al momento se encuentra en condiciones estables de salud, por ello ha de recoger: 

Sección 1: logotipos y número de serie 

Logotipos: 

  1. El logo del Ministerio de Salud se colocará en la parte superior izquierda en todos los certificados que serán emitidos por los establecimientos de la Red Pública Integral de Salud. 
  2. Colocar el nombre de la entidad que emite el certificado único de salud, por ejemplo (Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social) 
  3. El logotipo de la Red Pública Integral de Salud se colocará en la parte superior derecha en todos los certificados emitidos. 

Sección 2: datos del establecimiento de salud 

Certificado único de salud: 

  • Fecha de emisión: anotar en el recuadro el día-mes-año (dd/mm/aaaa), correspondiente a la fecha cuando se emite el certificado único de salud. 
  • Tipología y nombre del establecimiento de salud: escriba en el casillero inferior el nombre del establecimiento de salud donde es atendido el usuario/a; ejemplo: Centro de Salud Tipo C – Guamaní. 
  • Unicódigo: registre el código único del establecimiento de salud; en caso de no contar deberá solicitar a la Autoridad Sanitaria Nacional. 

Sección 3: datos del usuario/a 

Apellido paterno, materno y nombres: escriba en los casilleros correspondientes los apellidos (paterno y materno), nombres completos. Historia Clínica Unica – HCTJ/código: escriba de la siguiente manera según corresponda 

  • Historia Clínica Unica – HCU: anotar en el casillero, el número de cédula de ciudadanía del usuario/a. 
  • Código: en caso de que el usuario/a ecuatoriano o extranjero no cuente con el documento de identificación (cédula de ciudadanía, pasaporte u otro) anotar el código de historia clínica única de acuerdo con los parámetros establecidos en el Acuerdo Ministerial No. 00004934 del 30 de julio 2014 y su reforma en el Acuerdo Ministerial 5188, publicado en Registro Oficial 382 del 25 de Noviembre de 2014 , cabe señalar que este código deberán registrar todos los establecimientos de salud de la Red Pública Integral de Salud. 

Sección 4: datos del profesional médico/a 

  • Nombre del médico/a: escriba el nombre y apellido del profesional médico/a quien emite el certificado único de salud. 
  • Código MSP: escriba el número del código del profesional médico otorgado por el Ministerio de Salud Pública. 
  • Firma y sello: coloque la firma/rubrica y sello del médico/a quien emite el certificado único de salud. 

Recomendaciones para un certificado médico

Debemos tener en cuenta que tanto el certificado como el informe médico el paciente los utiliza para presentarlo en cualquier parte. Por ello, se deben extremar las precauciones en la elaboración de estos. Recomendaciones para la elaboración de estos documentos: 

  • Su contenido debe girar en torno al estado de salud constatado del paciente
  • Nunca se ha de certificar sobre lo que no se haya observado o comprobado personalmente. Se debe evitar la exageración en los síntomas o secuelas
  • Cuando se incluyan datos referidos por el paciente, pero no constatados personalmente se debe hacer mención expresa a que esa referencia proviene del paciente. 
  • Se ha de describir con exactitud y rigor lo constatado utilizando expresiones precisas y prudentes. 
  • Se han de omitir comentarios personales y, por supuesto, no se han de recoger valoraciones personales sobre la situación personal o familiar del paciente. 

En resumen, ha de expresar lo estrictamente necesario y nada más. 

Será inadecuado cuando…

Es inadecuado el certificado incompleto, o el que se limite a establecer diagnósticos finales que puedan ser puestos en duda por otros profesionales. Además, se debe evitar realizar cualquier valoración crítica sobre la actuación de otros profesionales que han intervenido. 

La precaución y la veracidad en la emisión de los certificados e informes médicos es necesaria por cuanto está prohibido expedir certificados de complacencia o falsos. De hacerlo, estaríamos incurriendo en responsabilidades disciplinarias por infracción de las normas deontológicas del código internacional. 

También se puede llegar a responsabilidades penales. La legislación penal actual no contempla que estas infracciones puedan ser constitutivas de falta, sino que las califica directamente como delito. Tipificado como delito penal violando el bien jurídico protegido de la FE PÚBLICA, en falsificación y uso de documento falso y por falsedad de contenido en recetas, exámenes o certificados médicos, estipulados en los Artículos 328 y 328.1 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Ello repercute en las penas que lleva aparejada, que normalmente son castigados con multa y pena privativa de libertad. 

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