Importancia de médico perito juicio

La importancia de un médico perito cualificado en su seguro

8 minutos

Las demandas suelen tener muchas aristas y aspectos ocultos. Estos hacen que el estudio y la defensa de algunos casos se conviertan en una labor de investigación que va más allá de lo jurídico. Como ejemplo, el de un neurocirujano en España que recibió una demanda que reclamaba 100.000 euros por una cirugía de columna supuestamente fallida. Este caso es un ejemplo de la importancia de contar con un seguro respaldado con un médico perito cualificado y especializado en su materia. 

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Justificación de la demanda

Se trataba de una joven con una patología compleja, por la que había sido intervenida en años anteriores. Padecía una discopatía con estenosis y obliteración foramidal bilateral, aunque las molestias se limitaban a la zona izquierda. 

Se programó la cirugía y se entregó a la paciente el consentimiento informado 10 días antes de la cirugía. La intervención se realizó el día convenido, cuando se abordó el margen izquierdo del canal lumbar. 

La cirugía se llevó a cabo sin incidencias y en el postoperatorio la paciente mostró una mejoría, que se mantuvo durante dos meses. Pero el dolor volvió a aparecer, focalizándose en esta ocasión en el lado derecho, que era la zona no intervenida. 

La demanda se centró en tres cuestiones: 

  1. El abordaje quirúrgico fue incorrecto al no intervenir los dos lados del canal, a pesar de ser una patología bilateral. 
  1. Tratar el margen izquierdo había dejado “tocada la columna” y ya no se podía operar de nuevo, condenando a la paciente a sufrir dolor crónico de por vida. 
  1. La demandante no recibiódebidamente la información. El consentimiento era generalista, no se especificaba el tipo de cirugía ni las alternativas al tratamiento. 

En definitiva, la demandante aludió que se había producido una clara pérdida de oportunidad al no haber sido operada correctamente, pudiendo haber sido intervenida en otro centro mediante una laminectomía bilateral. 

Defensa con perito médico del demandado

Por nuestra parte, presentamos el caso ante la Comisión de Siniestros de la correduría. Diversos especialistas analizaron el caso y concluyeron que, si bien el caso parecía complejo, se había intervenido de la mejor manera. 

Para acreditar que la praxis era correcta, aportamos un informe pericial realizado por neurocirujanos. El informe de la demanda lo había realizado un médico de familia. Un perito especialista en la materia nos situaba un escalón por encima, por experiencia y conocimiento. 

El consentimiento informado era muy escueto, pero al examinar la historia clínica, descubrimos que la paciente solo aportaba la última página y que faltaban las cinco que le precedían. Aportamos con nuestra contestación a la demanda la integridad del consentimiento informado, ante la sorpresa mal disimulada de la parte contraria. 

Adicionalmente, encontramos en la historia clínica que uno de los médicos del equipo había anotado que, la paciente, antes de firmar el consentimiento, “se lo quería pensar”. Teníamos un testigo que explicaría la naturaleza y extensión real del documento. 

Respecto a las cantidades, la mejor forma de rebatirlas era explorar a la paciente. Nuestro perito médico, especialista en valoración del daño corporal, comprobó su verdadero estado. La cantidad por la que reclamaba no se correspondía con su situación y, lo que era más importante, podía someterse a una segunda intervención más adelante. 

Sentencia final

Tras el planteamiento de pruebas periciales y testificales, la sentencia estimó que la paciente había sido debidamente informada. No solo probado por el consentimiento informado, sino por las anotaciones que certificaban que incluso llegó a pensárselo, disponiendo de tiempo para consultar a otros especialistas. 

El juez concluyó, respecto del peritaje, que el criterio de nuestro médico, neurocirujano, prevalecía sobre el del médico generalista, al carecer éste de experiencia en cirugía de columna. 

Tampoco estimó que se produjese una pérdida de oportunidad, pues no se acreditaba que la paciente hubiese optado por otro tipo de cirugía. La decisión de no hacer una intervención bilateral fue puramente médica, ante diversas alternativas quirúrgicas con riesgos similares, como la descartada laminectomía bilateral.

El demandado fue absuelto . Por su parte, el juez condenó a la demandante a pagar las costas judiciales.

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