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RCS

Seguro de responsabilidad civil de sociedades

Hoy es un día para valorar la importancia de proteger a las instituciones de salud y a todos sus profesionales de cualquier contratiempo en su ejercicio diario. Es por este motivo que Uniteco ha creado un Plan de Protección exclusivo para Instituciones de Salud con beneficios únicos.

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Se garantiza la responsabilidad civil del Asegurado que directa, solidaria o subsidiariamente se le pueda imputar por los actos propios, derivados de la prestación de un servicio médico.

  • Reclamaciones relacionadas con la propiedad, arrendamiento, uso o usufructo de los inmuebles destinados a consulta que utilice para el desarrollo de su actividad profesional.
  • Errores en la organización del centro de trabajo o consulta tanto por hechos propios como por hechos de otras personas: personal de enfermería, asistentes y demás personal.
  • Las instalaciones de propaganda, letreros, rótulos luminosos y vallas publicitarias propiedad del Asegurado.

El pago de las indemnizaciones que, de acuerdo a la legislación laboral, pudieran ser exigidas al Asegurado por los trabajadores o sus causahabientes como civilmente responsables por los daños a causa de accidentes de trabajo que sufran los trabajadores.

Por daños y perjuicios derivados de contaminación causada a terceros, consecuencia directa de sus actividades desarrolladas dentro del lugar empresarial donde el Asegurado realice su actividad.

Asume el riesgo por la actividad del Asegurado que no involucre pernoctación en la extracción, transfusión y/o conservación de la sangre o plasma sanguíneo; así como, el riesgo que sea consecuencia de la adquisición y trasmisión o contagio del virus de inmune de la inmunodeficiencia humana (VIH) a los pacientes.

Queda garantizada la defensa que pueda derivarse para el Asegurado por hechos o actos que se le puedan imputar derivados de las prestaciones de servicios de salud que sean objeto de cobertura conforme a lo establecido en las condiciones particulares de esta Póliza.

La Compañía garantiza las reclamaciones presentadas al Asegurado por aquellos actos médicos y/o sanitarios realizados en fecha anterior al inicio de vigencia de la Póliza.

La Compañía otorgará cobertura a las reclamaciones presentadas al asegurado en fecha posterior a la rescisión, anulación, cancelación o no renovación de la póliza siempre que los hechos hubieran sucedido cuando la póliza estaba en vigor.

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    Gastos de defensa legal para reclamaciones de carácter civil, penal y administrativo

    • Honorarios de abogados.
    • Realización de informes periciales.
    • Gastos logísticos relacionados con el traslado de abogados.
    • Asesoría legal preventiva.
    • Constitución de fianzas.
    • Contrademanda por reclamaciones infundadas.

    Gastos indemnizatorios bajo las siguientes circunstancias:

    • Bajo sentencia ejecutoriada de un juez competente.
    • Mediante acuerdos extrajudiciales.

    Garantías de defensa jurídica

    Defensa por parte de DS Legal Group,
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